La ley del salario mínimo en Francia, conocida como Ley Macron, aquella que se ocupa de regular el desplazamiento de trabajadores a suelo francés, presenta una importante novedad que afectará tanto a autónomos como asalariados desde el próximo 1 de abril: el documento A1.
Es importante remarcar que tanto la empresa, el trabajador y el representante deben tener acceso al documento ante un control. Mientras se está produciendo el documento A1 se considera válido el justificante de haberlo solicitado durante un período máximo de 2 meses.
¿Dónde conseguir el A1?
Este documento lo expide el organismo de seguridad social al que estés afiliado en tu país. En el caso de España, la Seguridad Social es la institución que ha de expedir el A1 a través de este modelo de solicitud.
¿Qué tienen que llevar los ASALARIADOS en su cabina?
- certificado de desplazamiento
- una copia de la designación de representante,
- todas las nóminas del chófer y sus respectivos comprobantes de pago correspondientes al periodo de desplazamiento
- su contrato laboral
- documento A1
- tarjeta sanitaria europea
En el caso de que el asalariado se desplace a trabajar temporalmente a otro país de la UE, su empleador solicitará el A1 en su nombre a la institución pertinente. Los empleados que realizan habitualmente actividades en varios países de la Unión han de realizar tal solicitud en nombre propio.
¿Qué tiene que llevar el AUTÓNOMO en su cabina?
- documento A1
- tarjeta sanitaria europea.
Los trabajadores por cuenta propia tienen que realizar la solicitud en nombre propio.