Holanda establece la ley del salario mínimo para los profesionales que realicen transporte en ese país

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Países Bajos acaba de sumarse a la ya larga lista de estados (Alemania, Francia, Italia, Bélgica o Austria, entre otros), que regularán dentro de sus ordenamientos jurídicos la Directiva europea sobre trabajadores desplazados, referida a los salarios mínimos y aprobada en 2014, que busca garantizar una competencia más justa y evitar con ello las prácticas de dumping social y competencia desleal.

Con ello, pretenden poner fin al desagravio en las cuales empresas de terceros países desplazan a trabajadores, abonándoles salarios inferiores a los que las empresas neerlandesas deben pagar por ley a sus trabajadores (1653,60 euros mensuales).

La medida, que entrará en vigor a partir del 1 de marzo, tendrá repercusiones directas para el transporte español, ya que afectará a todos los servicios de transporte internacional que tengan como origen o destino los Países Bajos, así como a las operaciones de cabotaje dentro de territorio holandés. Solo quedarán excluidos los transporte en tránsito.

De esta forma, las empresas y trabajadores por cuenta propia que estén activas como proveedores de servicios en los Países Bajos deberán registrar a sus empleados a partir del 1 de marzo, a través de un sistema digital que ha puesto en marcha el Ministerio holandés de Asuntos Sociales y Trabajo. También será obligatorio llevar a bordo del vehículo los documentos, físicos o en versión digital, que acrediten la situación laboral y la remuneración salarial percibida.

También se ha establecido, como ya sucede en Francia e Italia, que las empresas de transporte tendrán que designar un representante legal ante la inspección laboral neerlandesa.

En el caso concreto del transporte de mercancías por carretera, se podrá realizar una notificación anual para las empresas que trabajan en el extranjero, autónomos del sector del transporte de mercancías por carretera o en caso de que se proporcionen servicios en nombre de un cliente o empresa de los Países Bajos.

Una vez vencida esa fecha, en caso de no realizarse las notificaciones, o que estas se cumplimenten tarde o con errores, tanto los proveedores de servicios como sus clientes se verían expuestos a sanciones de hasta 12.000 euros.

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